Departamento de formación en centro de trabajo (FCT)

La regulación de la FCT en Andalucía se recoge en la ORDEN de 28 de septiembre de 2011 , en laORDEN de 29 de septiembre de 2010 , por la que se regula la evaluación de la formación profesional inicial y en las finalidades de los módulos de FCT y Proyecto Integrado de los Ciclos Formativos LOGSE y LOE, que vienen recogidos en la Orden de 24 septiembre 1997 (LOGSE) y en el anexo I de la Orden específica para cada Ciclo formativo en Andalucía de los títulos LOE.

En nuestro centro:

– Es ciclo LOGSE, el ciclo de grado medio: Cuidados Auxiliares de Enfermería (CAE).

– Son ciclos LOE los ciclos de grado superior: de Audiología protésica (AP), Documentación y Administración sanitaria (DAS), Higiene bucodental (HBD), Laboratorio clínico y biomédico (LCB), Prótesis dentales (PD) y Química y Salud ambiental (QySA)

 El periodo de realización de la FCT es:

  • Para el ciclo CAE, en periodo ordinario, Septiembre-Diciembre, y en periodo extraordinario, Enero-Marzo.

Para los demás ciclos, en periodo ordinario, Marzo-Junio.

Las horas de formación de los Módulos de FCT y Proyecto/Proyecto Integrado para cada ciclo formativo se especifican en los programas formativos.

  • La FCT es un proceso:
  • PLANIFICADO, según una programación que forma parte del Plan de Centro.
  • EJECUTADO
  • CONTROLADO
  • EVALUADO
  • Cada ciclo formativo recoge en la programación de los módulos correspondientes, aquellas capacidades y criterios de evaluación que puedan alcanzarse durante el desarrollo de los mismos.
  • Para poder desarrollar estos objetivos, se ha contactado con una serie de empresas del ámbito de nuestra área productiva dentro del sector sanitario con las que se acuerda un programa formativo individualizadoy se firma un Acuerdo de colaboración formativa. Estas empresas son tanto públicas como privadas, asumiendo cada una de ellas un número de alumnos en función del volumen de producción que realiza.
  • Para seleccionar los centros de trabajo se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
  1. Grado de implicación de la empresa en el aprendizaje del alumnado.
  2. Posibilidad de que las actividades que se realizan en la empresa permitan alcanzar un aprendizaje global e integral del alumnado en las competencias profesionales del título.
  3. Valoración positiva de idoneidad de las empresas de cursos anteriores, realizada por el profesorado.
  4. Jornada y horario laboral de la empresa que sea compatible con el número de jornadas y horas totales que tiene el módulo FCT.
  5. Posibilidad de inserción laboral del alumnado.
  • En todos ellos se propone un/una tutor/a docente por parte del Centro, que supervisará la evolución del alumno/a en la empresa y un tutor/a laboral por la Empresa, que será el que dirija las actividades que el alumnado realizará diariamente y se contacta con el responsable legal o sus responsables de formación para la formalización de los Acuerdos de Colaboración.
  • El Acuerdo se realiza mediante la aplicación SENECA y corresponde a un modelo único en el que se especifica que no hay relación laboral alguna entre la empresa y el alumno, ya que sólo es un acuerdo de colaboración formativa. Por tanto, el alumno no percibirá cantidad económica alguna en concepto de retribución ni se podrán formalizar contratos de trabajo durante el periodo de vigencia del acuerdo.
  • El alumnado va provisto de una póliza de seguro de accidentes y responsabilidad civil suscrito por la Junta de Andalucía con una entidad privada, además del Seguro escolar que cubre a todo el alumnado de centros públicos menor de 28 años.
Esta web usa cookies para mejorar tu experiencia de navegación.